Sí hay prórroga para la Manifestación de Valor Electrónica
Después de varios días de dudas, comentarios y mucha incertidumbre entre importadores y empresas, finalmente hay algo que podemos decir con claridad:
Sí hay prórroga.
El SAT publicó la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, donde se establece una entrada en vigor escalonada de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE).
Esto significa que no todos tendrán que comenzar con la MVE al mismo tiempo.
¿Qué cambia?
Hasta el 31 de octubre de 2026 podrá continuarse utilizando el esquema anterior.
A partir de ahí, la obligación comenzará de manera gradual, dependiendo del régimen aduanero de la operación.
Para las empresas IMMEX, hay dos fechas que vale la pena tener muy presentes:
🔹 1 de enero de 2027 La MVE será obligatoria para las importaciones temporales.
🔹 15 de enero de 2027 La MVE comenzará a ser obligatoria para las importaciones definitivas.
⚠️ ¿Qué significa esto para las empresas?
Que la prórroga no significa que podamos olvidarnos del tema.
Al contrario.
Este tiempo adicional puede aprovecharse para revisar procesos, documentación, información de valor y la forma en que actualmente se integra el expediente de las operaciones de comercio exterior.
Porque cuando una nueva obligación entra en vigor, el problema normalmente no empieza ese día...
El problema empieza cuando la empresa llega a esa fecha sin estar preparada.
Por eso, si tu empresa realiza operaciones de importación, especialmente bajo IMMEX, es importante comenzar desde ahora a revisar qué información tienes, qué información falta y cómo se deberá integrar correctamente para cumplir con la MVE.
👉 Para conocer la publicación oficial y consultar la información completa, puedes revisar el enlace que dejamos a continuacion:
En Soluciones D63 creemos que en comercio exterior es mejor prepararse antes de que una obligación se convierta en un problema.
Compromiso = Resultados = Felicidad



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